Hace unas horas, la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Sucumbíos ordenó en una sentencia que se apaguen los mecheros en la Amazonía ecuatoriana.
El fallo se dio en una acción de protección iniciada por un grupo de 9 niñas y adolescentes de las provincias amazónicas de Sucumbíos y Orellana para que estos dispositivos sean dados de baja. En ocho días, habrá una nueva audiencia para fijar las medidas de reparación que deberá cumplir el Estado ecuatoriano por la vulneración de derechos causada por los mecheros. El fallo se dio de forma oral; se conocerán sus detalles en 8 días.
Los mecheros son unas tuberías a cielo abierto que queman y expulsan gas natural, a una temperatura promedio de 400 grados centígrados. En la Amazonía ecuatoriana, de acuerdo al colectivo Eliminen los Mecheros, que Encendemos la Vida, existen 447.
Los primeros en el Ecuador, fueron instalados por la petrolera estadounidense Texaco (hoy absorbida Chevron) que perforó el primer pozo comercial ecuatoriano en 1967. La mayoría de los mecheros están en la provincia de Orellana (232) y en la de Sucumbíos (210); también hay algunos en las provincias amazónicas de Napo y Pastaza.
El 20 de febrero de 2020, un grupo de 9 niñas y adolescentes de Sucumbíos y Orellana, en las que se hace gran explotación petrolera, presentaron una acción de protección contra el Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables y el Ministerio del Ambiente y Agua.
Una acción de protección es un mecanismo judicial para hacer que los derechos que da la Constitución del Ecuador se cumplan o para que se eviten daños a esos derechos. Cualquier persona puede interponer una, si considera que sus derechos han sido vulnerados por el Estado o un tercero, como empresas que operen en el país.
En su demanda, las niñas argumentaban que la quema de gas en los mecheros vulneraba sus derechos al agua, a la salud, a la soberanía alimentaria y a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Además, decían que el funcionamiento de los mecheros ha causado daños en la salud de los habitantes que viven cerca de los campos petroleros y ha contaminado el agua lluvia. Algunas personas cercanas a las niñas tienen —o han tenido— cáncer, y han padecido de enfermedades respiratorias relacionadas con la quema del gas.
El 7 de mayo de 2020, la acción de protección fue negada. Según la jueza María Custodia Toapanta Guanoquiza, de la Corte Provincial de Sucumbíos, no existían estudios que confirmaran la afectación en la salud de las personas de la zona. Pero las niñas apelaron esa decisión.
El fallo de hoy, 26 de enero, revirtió ese fallo. La audiencia de apelación se postergó por cinco veces: se debía realizar en junio, fue pospuesta para el 16 de julio, luego para el 26 de agosto porque los jueces estaban enfermos. Luego se la convocó para el 16 de septiembre pero fue suspendida para que los jueces revisen los amicus curiae, unas intervenciones de terceros no directamente involucrados en la causa pero que pueden aportar información relevante para que los juzgadores tomen una decisión. El 2 de octubre se instaló finalmente la audiencia. Los jueces han dictado hoy, más de tres meses después.
Donald Moncayo, subcoordinador de la Unión de Afectados y Afectadas por las Operaciones Petroleras de Texaco (UDAPT) y padre de Leonela Moncayo, una de las niñas accionantes, dijo a GK que están muy felices con el fallo. Además aseguró que la sentencia cambiaría el rumbo “de la industrialización hidrocarburífera” en el país y en el mundo. Aunque el Ecuador no es un gran generador de gases invernaderos, la quema de gas natural es uno de los mayores contribuyentes del cambio climático según el Banco Mundial